Los senadores dieron media sanción a un proyecto de ley que pretende incluir a las hijas menores de edad de asegurados y jubilados del IPS dentro de la cobertura médica en caso de embarazo. La Carta Orgánica establece la prestación médica para menores de 18 años solo en caso de enfermedad.
El proyecto de ley aprobado por la Cámara de Senadores busca extender el seguro médico a las hijas menores de 18 años de los asegurados y jubilados del Instituto Previsión Social (IPS) para casos de maternidad. Además, se pretende otorgar la provisión de leche para las menores que dieron a luz.
El proyecto de ley modifica los artículos 36 y 37 de la Carta Orgánica del Seguro Social sobre prestaciones por maternidad.
La modificación indica que las aseguradas titulares y las aseguradas beneficiarias hijas de asegurados y jubilados titulares que no hayan alcanzado la mayoría de edad reciban durante su embarazo, parto y puerperio los beneficios que establece el artículo 30, siempre que los titulares estén al día en sus cuotas de acuerdo al artículo 31 o a los preceptos reglamentarios que establece el Consejo de Administración.
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Los mismos derechos tendrán las personas señaladas en el inciso a) del artículo 33, sujetos a las condiciones fijadas en dicho artículo y en el 34.
Entretanto, en el artículo 37 se instituye la prestación a la asegurada titular y a la hija de los asegurados y jubilados titulares que no hayan alcanzado la mayoría de edad, en este último caso la menor recibirá provisión de leche para el hijo o la hija que no pueda amamantar por incapacidad constatada por médico, como máximo durante los ocho meses siguientes al parto.
Los proyectistas Desirée Masi y Pedro Santacruz, senadores del Partido Democrático Progresista (PDP), argumentaron que de esta manera se trata de dar cobertura de control prenatal y parto como una medida preventiva.
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Masi lamentó algunos casos de "discriminación" a las menores de edad embarazadas debido a que para las hijas que figuran como beneficiarias se estipula que reciban atención médica por enfermedad. Mencionó que en el caso de la menor de edad del asegurado/a titular que quede embarazada, la misma deja de tener la condición de asegurada familiar hija menor de edad; consecuentemente, pierde la cobertura.
Señaló que el índice de embarazo en niñas menores de 15 años es preocupante. Atendiendo que las cifras proveídas por Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social revelan que Paraguay es el segundo país de la región con el índice más alto de embarazo adolescente no intencional.
De acuerdo con su exposición se registran dos partos por día en niñas de entre 10 y 14 años y 53 nacimientos por día en adolescentes de 15 a 19 años. El documento pasa a consideración de la Cámara de Diputados.