En la sesión ordinaria de la fecha, la Cámara de Senadores aprobó el Proyecto de Ley “Que modifica los artículos 7 y 11 de la Ley Nº 5863/17 “Que establece la implementación de los dispositivos electrónicos de control”, presentado por los senadores Fernando Silva Facetti, Pedro Santa Cruz, Sergio Godoy, Enrique Bacchetta y Desirée Masi.
La propuesta fue analizada sobre tablas, como primer punto del día a pedido de una las proyectistas, la senadora Desirée Masi, quien explicó que la Modificación del artículo 7 de la Ley 5863/17, establece que “la implementación del sistema de monitoreo electrónico instituido en la presente ley, corresponderá al Poder Ejecutivo”.
En la presentación del documento señala, que esta propuesta de modificación es debido a la urgencia de la implementación de la presente ley por la crisis penitenciaria, considerando que, a pesar de haber entrado en vigencia en septiembre de 2018, la misma a la fecha no ha sido reglamentada por la Corte Suprema de Justicia ni puesta en marcha.
A su vez, que los ministros de la máxima instancia judicial han manifestado que no debería ser ese poder del Estado el encargado de la implementación por no estar en su ámbito de competencia ni tener la capacidad operativa para ese efecto.
En la exposición de motivos se puede leer que “la implementación de los dispositivos electrónicos de control es planteada como herramienta para disminuir los índices de sobrepoblación y hacinamiento existentes actualmente en el sistema penitenciario de adultos, sumado a episodios de violencia extrema vinculados presuntamente al crimen organizado transnacional, que desembocaron en una crisis penitenciaria”.
En ese marco, se ha dialogado con autoridades de los ministerios vinculados a la operativización de los dispositivos, quienes señalaron tener condiciones para su puesta en marcha y que se requiere la modificación legislativa con relación a la autoridad de aplicación.
El documento fue derivado a la Cámara de Diputados.
Dispositivos electrónicos de control
El Sistema de Monitoreo por Dispositivos Electrónicos de Control (SIMDEC) se utilizará en el marco de procesos judiciales consistentes en el monitoreo del tránsito de los beneficiarios en un radio de acción y desplazamiento, por medio de dispositivos electrónicos, como pulseras, tobilleras u otro medio idóneo similar que pueda ser adherido al cuerpo y permita el control efectivo del cumplimiento de lo dispuesto por la ley. De hecho, aún no está definido el tipo de dispositivo a ser empleado.
Este sistema se podrá aplicar en diferentes áreas de la justicia, como el traslado de presos de una prisión a un hospital, personas con prisión domiciliaria, libertad condicional, reos beneficiados con el régimen de salidas transitorias o semilibertad, y los permisos de salida.
Fuente: Senado