El abogado José Casañas Levi, asesor jurídico de la Cámara de Senadores y actualmente en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM), manifestó a Telefuturo que la Constitución Nacional faculta a cualquier persona a presentar una denuncia penal contra los senadores y diputados que votaron a favor de la reglamentación irregular del artículo 201 de la Carta Magna, que aumentó el número necesario de votos para la pérdida de investidura e incluyó como exigencia la condena de la justicia para resolver la cuestión.
Esta medida calificada como autoblindaje por la ciudadanía, aprobada por ambas Cámaras del Congreso, y ahora en manos del Poder Ejecutivo, podría ser motivo de denuncia penal por contradecir el artículo 185 de la Constitución Nacional, según explica el jurista.
Los legisladores reglamentaron el artículo referente a la pérdida de la investidura, artículo 201, que en su texto no señala qué tipo de mayoría se requiere a la hora de votar para que uno de los miembros pierda su investidura de senador, como sucedió con el hoy ex senador Óscar González Daher, por el escándalo de los audios que probaron un esquema de tráfico de influencia desde el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.
El artículo 185 de la Carta Magna establece que al no indicarse qué tipo de mayoría debe haber, se entiende que es una mayoría simple, y el artículo 137 señala la supremacía de la Constitución por sobre las leyes. “Quienquiera que intente cambiar dicho orden, al margen de los procedimientos previstos en esta Constitución, incurrirá en los delitos que se tipificarán y penarán en la ley”, especifica el artículo.
Fuente: http://www.ultimahora.com/casanas-levi-dice-que-se-puede-denunciar-los-autoblindados-n1138500.html